Ética y traducción: la vida en la frontera


Artículo de Alberto Ballestero
(fundador y moderador de la lista TRADUCCIÓN)
"La libertad no es una filosofía y ni siquiera es una idea: es un movimiento de la conciencia que nos lleva, en ciertos momentos, a pronunciar dos monosílabos: Sí o No."

Octavio Paz


A pesar de ser la traducción un oficio milenario, a caballo entre el arte y la ciencia, entre las lenguas y las culturas, pocas son las reflexiones que se han hecho desde el punto de vista ético en torno a ella. En el ámbito hispánico encontramos algunos artículos de Valentín García Yebra sobre los derechos y obligaciones del traductor, un par de clarificadores artículos de la mexicana Gertrudis Payàs y un libro en francés de Anthony Pym, ahora profesor de la Universitat Rovira i Virgili en Tarragona (España), pero poco más.
No es de extrañar que esto haya sido así hasta ahora, sobre todo en España, ya que hemos cumplido recientemente la primera década de implantación de la licenciatura de traducción e interpretación, y diez años no es nada en la vida de un título universitario. El 30 de agosto de 1991 se aprobaron las directrices y desde entonces han sido muchas las universidades que han puesto en marcha la titulación, pero muy pocas las que han recogido algún aspecto relacionado con la ética y la traducción.
Las razones de este fenómeno no son ajenas al resto de los planes de estudio, si exceptuamos casos como el de la diplomatura de enfermería, que recoge una asignatura específica en todas las universidades denominada Legislación y ética profesional o similar. En el caso de la traducción, como en tantas otras carreras, se ha dejado de lado este asunto, quizá confiando en que cada traductor aplicaría sus propios principios de ética profesional o de moral individual sin darle más importancia.
En el caso de los traductores, no es tan importante la legislación ética que suelen llevar a cabo los colegios profesionales en otros campos como el establecimiento de unos principios comunes a todo traductor profesional, que sirvan al mismo tiempo para todos los traductores del mundo y para cada uno en particular. Esto nos conduce inexorablemente a buscar principios generales y a formular preguntas de difícil respuesta. Por ejemplo: ¿tiene el traductor algún compromiso cuando traduce? o ¿tiene que responder sólo ante el cliente?
Desde el punto de vista de una ética profesional, la respuesta es fácil, y así lo entiende también Gertrudis Payàs: "Hacer un trabajo decoroso, cobrar lo justo, atenerse a lo pactado, no poner zancadillas a los colegas, etc. Podemos llamar a esto ‘portarse bien’, cosa que tiene la utilitaria finalidad de permitirnos seguir en el mercado". Es lo que llamaríamos una ética de conveniencia o de supervivencia.
Otra pregunta más filosófica nos situaría en algo tan simple como esto: ¿Qué es el traductor? Anthony Pym lo deja claro: "Le traducteur n’est pas négociateur". Otros entienden que un traductor es un intermediario, una especie de hombre invisible, un mago que vive entre el autor del original y el lector de la traducción pero al que nadie ha visto nunca. Alguien que vive encerrado en su casa, que nunca sale de ella y de quien sus vecinos no saben a qué se dedica. En definitiva, una persona que vive en la frontera de las lenguas.
¿Quiere esto decir que el traductor es un ser sin compromisos, un simple agente de aduanas lingüísticas? ¿Será esa ausencia de compromiso la que hace de la traducción una labor completamente falta de reconocimiento público? ¿A qué se compromete un traductor consigo mismo? Éstas y otras preguntas son las que dan sentido al estudio de la ética en la traducción, porque sitúan el punto de partida en la conciencia del traductor y, una vez situados ahí, podemos preguntarnos cosas como: ¿puede ejercer la objeción de conciencia el traductor? o ¿tiene el traductor alguna responsabilidad?

Voltaire traduciendo la obra de Isaac Newton, Elementos de la filosofía de Newton (1738)

Tanto para Anthony Pym como para Gertrudis Payàs o Valentín García Yebra, está claro que la responsabilidad es la base de la ética, y eso supone dos cosas: a) que el traductor no es un cualquiera, y b) que la labor traductora compromete al traductor aunque no quiera. Pues, si esto es así, asumamos la responsabilidad y obremos en consecuencia.
¿Por qué decimos que el traductor no es un cualquiera? Porque obviamente es un ser especial, un ser que tiene la capacidad de comunicar a los que hablan su misma lengua lo que no podrían conocer nunca por sí mismos, y es esa función mediadora la que lo compromete, puesto que tiene el poder que le da el saber lo que los demás no saben. En términos bursátiles, podríamos decir que dispone de información privilegiada, y en términos tahurísticos, que siempre tiene un as en la manga.
Pero hay más. Un traductor es un mediador cultural, una persona que vive a caballo de dos o más culturas; su vida transcurre en la frontera de las cosas, de las lenguas, de las historias, de los hechos… Es responsable, entre otras cosas, de favorecer o de defender su lengua materna en los procesos de globalización. Es también un investigador nato: cada dificultad en una traducción es una ocasión perfecta para poner en marcha todos los recursos y habilidades personales y colectivos que dan sentido al trabajo que realizan los traductores.
Es evidente que el traductor, cuando decide serlo, asume consciente o inconscientemente una responsabilidad, pero ¿ante quién? En principio, ante sí mismo, ante su conciencia y su tranquilidad de saberse un profesional que hace su trabajo lo mejor posible, pero también ante los textos que traduce, ante los clientes que confían en él una labor que para ellos es imposible pero vital, ante los compañeros de profesión que esperan de sus colegas un comportamiento honrado, profesional y basado en sólidos principios éticos.
El traductor es también un héroe en ocasiones, pues obra el milagro de la comunicación en situaciones complejas que, de no ser por él, conducirían inexorablemente hacia la incomunicación con los demás; léase también intraducibilidad, aunque no es lo mismo. Lo peor que le puede pasar al traductor es precisamente eso, ser consciente de que él, aisladamente, no puede hacer nada, y de que las lenguas, en palabras de Gertrudis Payàs, "irán donde la historia las lleve".
Esta relación de la traducción con la comunicación hace que los llamados medios de comunicación social y quienes traducen para ellos tengan una especial responsabilidad, ya que son la principal fuente de difusión de extranjerismos. Esta responsabilidad del traductor es histórica, y así lo reconocen autores como Vinay y Darbelnet, o el mismo Juan Luis Vives, a quien cita Gertrudis Payàs, en 1532. En El Arte de Hablar dice: "Muy útil fuera a las lenguas si los traductores diestros tuvieran tal osadía de conceder de cuando en cuando derecho de ciudadanía a tal o cual tropo o figura peregrina, mientras no anduviera demasiado lejos de sus usos y costumbres".
Es obvio que históricamente se le reconoce al traductor la responsabilidad (por acción u omisión) de abrir la lengua a nuevas palabras, siempre que la novedad sea necesaria y no suponga un paso más en el camino de la homogeneización lingüística, puesto que la lengua es más una corriente de agua que un estanque y la renovación del léxico no sólo es inevitable, sino que, si se hace con criterio, puede ser hasta deseable y enriquecedora.
Por eso García Yebra sintetiza la misión del traductor con estas palabras: "La regla de oro de toda traducción es, a mi juicio, decir todo lo que dice el original, no decir nada que el original no diga, y decirlo todo con la corrección y naturalidad que permita la lengua a la que se traduce. Las dos primeras normas compendian y exigen la fidelidad absoluta al contenido; la tercera autoriza la libertad necesaria en cuanto al estilo. La dificultad reside en aplicar las tres al mismo tiempo".
Pero no todo son obligaciones. El traductor también tiene derechos, derivados de la responsabilidad que conlleva su tarea. Valentín García Yebra enumera algunos que son fácilmente asumibles: a) que se mencione su nombre, b) que se le pague una tarifa justa, c) que se respete su trabajo, y d) que se lo reconozca socialmente.
Si se cumplieran estos cuatro principios y los traductores trabajaran consecuentemente con ellos, posiblemente el debate ético se tornaría innecesario tanto para clientes como para traductores porque, como diría el filósofo español Fernando Savater, "no creo que la ética sirva para zanjar ningún debate, aunque su oficio sea colaborar a iniciarlos todos".


Bibliografía

García Yebra, Valentín: "Derechos morales del traductor", ABC, 19 de mayo de 1999.
García Yebra, Valentín: "Los derechos de los traductores", Meta-Español, 20 de septiembre de 1999.
García Yebra, Valentín: "Sobre los deberes del traductor", ABC, 28 de junio de 1999.
García Yebra, Valentín: Teoría y practica de la traducción, Madrid: Gredos, 1984.
Pym, Anthony: Pour une éthique du traducteur, Ottawa: Presses de l’Université d’Ottawa, 1999.
Santoyo Mediavilla, Julio-César: Teoría y crítica de la traducción: Antología, Barcelona: Universidad Autónoma de Barcelona, 1988.
Vinay, Jean-Paul & Darbelnet, Jean: Stylistique comparée du français et de l’anglais, Paris: Didier, 1958.


Webliografía
Payàs, Gertrudis: Ética para traductores en: http://xcastro.com/etica.html
Payàs, Gertrudis: La responsabilidad del traductor ante la lengua: préstamos, "lavado" y liberalismo lingüístico en: http://www.xcastro.com/responsabilidad.html
Castro, Xosé: Artículos en: http://www.xcastro.com/articulos2.html
Pym, Anthony: Online papers and books en: http://www.fut.es/~apym/on-line/on-line.html


Legislación

Real Decreto 1385/1991, del 30 de agosto, por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Traducción e Interpretación y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquel.



Fuente: Pico de oro